hidrocarburos. concesiones de explotación

A. DURACIÓN

periodo de vigencia explotación almacenamiento
1er
30 años
30 años
2º (Primera Prórroga)
10 años
10 años
3º (Segunda Prórroga)

10 años

10 años
La tramitación de solicitudes de Concesiones de Explotación sólo podrán realizarla los titulares de Permisos de Investigación sobre las mismas áreas de éstos y se realizará, en cualquier caso, ante el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

 
B. GARANTÍA

Se determinará en función del programa de inversiones presentado por el solicitante.

 
C. CANON HIDROCARBUROS

años €/ha. Año (*)
1 a 5
1,907752
6 a 10
5,341706
11 a 15

14,117364

16 a 20
17,551318
21 a 25
14,117364
26 a 30
7,249458
Durante las Prórrogas
5,341706
(*) Importes correspondientes al año 2007. Las mismas se actualizan anualmente tomando como índice de referencia el IPC estimado para dicho año.